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Rechazaron un pedido de Julio De Vido para apartar a la jueza Capuchetti en una causa derivada de Odebrecht

Publicado el: 28 mayo de 2026

La decisión de la Cámara Federal de Apelaciones ratificó la intervención de la magistrada en la investigación a exfuncionarios y empresarios tras la presunta entrega de sobornos en contrataciones adjudicadas durante 2006 y 2008

La Sala 1 de la Cámara Federal de Apelaciones rechazó un planteo de recusación de Julio De Vido contra la jueza María Eugenia Capuchetti, que interviene en un expediente que se desprende de la causa Odebrecht, en el que se investigan supuestos sobornos relacionados con la ampliación de los gasoductos TGS y TGN, entre el 2006 y el 2008.

La defensa del exministro de Planificación Federal había pedido el apartamiento de la magistrada, por lo que describió como una “pérdida de imparcialidad” en sus decisiones en la causa y en el modo que ha dirigido la instrucción penal.

En su fallo, el camarista Martín Irurzun argumentó que “la finalidad de la recusación no es dar un instrumento eficaz para separar a los jueces de las actuaciones cuando sus decisiones, dictadas en la oportunidad debida, no sean favorables a los intereses de las partes o porque discrepen con el curso otorgado a la investigación”.

La jueza María Eugenia Capuchetti (Adrián Escandar)La jueza María Eugenia Capuchetti

Los abogados de Julio De Vido sostienen que la causa está prescripta porque el delito de cohecho se habría producido entre el 2004 y el 2006, es decir, hace al menos 20 años, plazo que supera la pena máxima prevista de 6 años.

La causa

En este expediente, que podría denominarse «Odebrecht 2″, se analizan hechos que fueron extraídos de las actuaciones que investigan el presunto direccionamiento de la licitación que habilitó la contratación de las obras de ampliación de los gasoductos Norte y Sur, cuyo juicio oral se encuentra en etapa de alegatos.

La hipótesis de este tramo de la causa se basa en el supuesto pago de 25 millones de dólares, a través de la División de Operaciones Estructuradas de Odebrecht.

La Cámara Federal porteña había anulado los sobreseimientos de Julio De Vido y de otros exfuncionarios y contratistas, tras una apelación presentada por la Unidad de Información Financiera (UIF).

Como querellante, este organismo había pedido la revisión de la resolución que firmó el juez a cargo de la instrucción de la causa madre, Daniel Rafecas, quien entendió que el objeto de esta pesquisa era idéntico al que se ventila en el caso sobre las irregularidades en el contrato de la firma Odebrecht para la construcción de las plantas potabilizadoras de AySA.

En este sumario, también quedaron involucrados el exsecretario de Energía Daniel Cámeron, el exsubsecretario Bautista Marcheschi, y los representantes de CAMMESA Cristian FolgarLuis Beuret y Julio Bragulat.

Cuando el juez Rafecas elevó a juicio oral el tramo que evalúa irregularidades en la contratación, envió a sorteo el remanente vinculado al supuesto pago de coimas y recayó en manos de la jueza Maria Eugenia Capuchetti.

El juicio

La causa original relacionada con las supuestas acciones ilegales en las obras de ampliación de Transportadora de Gas del Norte (TGN) y Transportadora de Gas del Sur (TGS), a cargo de la empresa Odebrecht, está completando el juicio oral a cargo del Tribunal Oral Federal 2.

En la etapa de alegatos, el fiscal federal Diego Luciani solicitó para De Vido una condena de 4 años de cárcel como partícipe necesario de presuntas negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas.

"Odebrecht 2": rechazaron la recusación de Julio De Vido contra la jueza María Eugenia Capuchetti«Odebrecht 2»: rechazaron la recusación de Julio De Vido contra la jueza María Eugenia Capuchetti

En tanto, para el exsecretario de Energía Daniel Cámeron solicitó 4 años de prisión; para el exsubsecretario de Combustibles, Cristian Folgar, y el exvicepresidente de CAMMESA, Luis Beuret, una pena de 3 años y 6 meses.

En el caso de Julio Armando Bragulat, exsubgerente de CAMMESA, la fiscalía requirió la absolución al considerar que su participación no fue acreditada en la etapa probatoria.

Mientras tanto, todos los abogados defensores coincidieron en reclamar la absolución de sus patrocinados porque entendieron que actuaron de acuerdo a las normas, en medio de la emergencia energética vigente en ese momento.