Los argumentos de la Justicia de EE.UU. para fallar a favor de la Argentina en el caso YPF

La Justicia de Estados Unidos rechazó los reclamos de los demandantes para cobrar US$16.000 millones. Aseguró que la expropiación de la petrolera fue decidida en el Congreso, siguiendo la normativa legal argentina.
La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York anuló este viernes la sentencia que condenaba al Estado argentino a pagar US$16.100 millones por la expropiación de la petrolera YPF en 2012.
Por dos votos contra uno, los jueces revocaron en parte la condena impuesta en primera instancia por la jueza Loretta Preska y rechazaron los principales argumentos de los demandantes, que reclamaban daños por incumplimiento contractual tras la expropiación.
Los jueces Denny Chin y Sarah Merriam Robinson, que integraron la mayoría, sostuvieron que los reclamos de los accionistas minoritarios contra Argentina e YPF “no son reconocibles según la ley argentina”.
Este punto resulta fundamental, ya que reconoce que la decisión de la expropiación de la empresa fue discutida y avalada por el Congreso de la Nación. Es decir, se realizó bajo la norma legal vigente en la Argentina.
Eso deriva en que los estatutos de YPF no constituyen un contrato bilateral exigible entre el Estado y los inversores privados. En cambio, cumplen una función organizativa interna de la sociedad anónima y no generan obligaciones contractuales que permitan reclamar daños por incumplimiento.
Los magistrados enfatizaron que la Ley General de Expropiaciones regula de manera integral el proceso de estatización y desplaza cualquier reclamo de naturaleza contractual. Por esa razón, tampoco existía obligación de realizar una oferta pública de adquisición de acciones a los minoritarios una vez concretada la expropiación.
Esto, además, confirma la postura reiterada por la Argentina, que se repitió durante distintos gobiernos, y es que cualquier reclamo por la expropiación debe dirimirse en la justicia local.
“Los accionistas presentan una apelación cruzada, impugnando la sentencia del tribunal de distrito a favor de la empresa y el rechazo de sus reclamaciones por impedimento promisorio contra ambos demandados. Sostenemos que las reclamaciones de daños por incumplimiento de contrato de los accionistas contra la República Argentina y la empresa no son reconocibles según la ley argentina, y que las reclamaciones restantes de los accionistas contra la República Argentina y la empresa carecen de fundamento”, sostuvo el Estado en la apelación.
Este fallo evita que el país tenga que pagar una suma millonaria a Petersen y Eton Park, patrocinados por Burford Capital, y también evita que pueda sufrir el embargo de activos estratégicos, como Vaca Muerta.
El tribunal también rechazó otros argumentos de los demandantes, como el promissory estoppel (estoppel por promesa), y consideró que las pretensiones carecen de fundamento.

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